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Nacionalidad valor simple presunción

Para Hij@s de extranjeros nacidos en España y posteriormente dar derechos a sus padres para obtener un permiso de residencia.

¿Qué es la nacionalidad por simple presunción?

La nacionalidad que se les otorga a algunos niñ@s nacidos en España (de padres extranjeros) que viven en territorio español.

Para entender este procedimiento, debemos tener en cuenta:

Un niñ@ de padres extranjeros, por el mero hecho de nacer en España, no lo convierte en ciudadano español.

Los extranjeros que han tenido un hij@ en territorio español, para que su hij@ obtenga la nacionalidad española deben:

1º denegarle a su hij@ la obtención de la propia nacionalidad de sus padres.

2ª Este acto convierte al hi@ en apátrida.

3ª Según el artículo 17 del Código Civil español, será en este caso cuando el Estado Español, para evitar que el recién nacido se quede sin derechos, le otorgaría la ciudadanía española por valor de simple presunción.

4ª Esta denegación es algo que se realiza en el consulado del país de origen en España.

5ª ¿Qué países permiten que sus padres le nieguen su propia nacionalidad a sus hijos?

Argentina, Bolivia, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guinea Bissau, Panamá, Paraguay, Perú, Santo Tomé, Portugal y Uruguay.

6ª Ambos  padres deben tener, o bien,  misma nacionalidad (una de las mencionadas) o tratarse de un matrimonio mixto entre padre y madre de distintas nacionalidades pero ambas dentro del listado.

IMPORTANTE:

Este procedimiento depende de la nacionalidad del país de origen de los padres.

Por ejemplo, Ecuador no permite que los padres deniegan su propia nacionalidad a sus hijos.

También, podemos acogernos a este procedimiento cuando ambos padres son apátridas (que no tienen nacionalidad, este supuesto es altamente frecuente en Subsaharianos).

EXCEPCIONES:

Si la madre del hij@ es marroquí y el padre tiene la nacionalidad de algún país del listado.

Para ecuatorianos: hij@ nacidos antes del 20/10/2008

Palestinos en algún caso.

BENEFICIOS  PARA LOS PADRES

Tramitar su residencia legal en España a través de la nacionalidad española de su hij@ que les permitirá:

  • Residir en España
  • Trabajar en España
  • Plazo de 1 año
  • Renovar el permiso o modificarlo